Vendí mi coche y me llegan multas: qué hacer y cómo evitarlo con la notificación de venta
Papeles del Coche es una web privada y no oficial. Esta guía es informativa. La notificación de venta se hace en la sede electrónica de la DGT o en tu Jefatura de Tráfico. Nosotros no hacemos trámites ni damos citas.
Respuesta rápida. Te llegan porque en Tráfico el coche sigue a tu nombre: el comprador no ha hecho la transferencia. Mientras tanto, según la DGT, las multas de radares fijos, del seguro o de la ITV te siguen llegando a ti. La solución es la notificación de venta (tasa de 8,67 €): desde el día en que la haces, las sanciones dejan de ser responsabilidad tuya. Cuenta desde ese día, no desde la fecha del contrato, así que hazla cuanto antes; la ley te da 10 días. Si ya te han llegado multas de después de la venta, identifica al comprador como conductor con el contrato en la mano.
Fuentes oficiales y fecha de revisión. Sede de la DGT: notificación de venta e identificación del conductor · DGT, vender un vehículo de segunda mano · Reglamento General de Vehículos, art. 32 · Ley de Tráfico, arts. 11 y 82 · Ley Reguladora de las Haciendas Locales, arts. 94 y 96. Revisado el 21/10/2026. Próxima revisión: enero de 2027.
Por qué te llegan multas de un coche que ya vendiste
Porque, para Tráfico, el titular sigue siendo quien figura en el Registro de Vehículos. El Reglamento General de Vehículos es claro: si el vendedor no notifica la venta, «seguirá siendo considerado titular del vehículo transmitido a los efectos de la legislación sobre tráfico» mientras el coche no se inscriba a nombre de otra persona (art. 32.1).
Y el titular tiene obligaciones: identificar al conductor cuando se comete una infracción (art. 11.1 de la Ley de Tráfico) y responder de las infracciones sobre la documentación del vehículo, las inspecciones periódicas y su estado de conservación (art. 82.f). Por eso la DGT avisa de que, mientras el comprador no haga la transferencia, «las multas de los radares fijos, seguro o por ITV seguirá siendo responsabilidad tuya» (DGT).
Los plazos: 10 días tú y 30 días el comprador
- Tú, como vendedor: tienes que notificar la venta a Tráfico «en el plazo de diez días desde la transmisión» (art. 32.1 del Reglamento General de Vehículos).
- El comprador: tiene que pedir el cambio de titular «dentro del plazo de treinta días desde la adquisición» (art. 32.3). La DGT lo recuerda: tras firmar el contrato, el comprador está obligado a hacer la transferencia «en un plazo máximo de 30 días».
No esperes a que el comprador haga su parte. La DGT recomienda «que se notifique la venta lo antes posible», porque a veces los compradores se retrasan.
La notificación de venta: requisitos, precio y cómo hacerla
Requisitos
El coche tiene que poder transferirse (sede de la DGT):
- Estar de alta. Si está de baja temporal, primero hay que darlo de alta.
- Tener pagado el impuesto de circulación del año anterior.
- Tener pagadas las sanciones del propio vehículo (no las de circulación, como velocidad o aparcamiento).
- Estar libre de reserva de dominio (la típica de los coches comprados a plazos), salvo que la financiera lo consienta o el comprador asuma la deuda.
- Estar libre de embargos y precintos, o tener un documento firmado por el comprador, o una cláusula en el contrato, que diga que conoce esa situación.
Puedes comprobarlo con el informe reducido del vehículo, que es gratis: si sale una señal verde, se puede transferir. Si sale roja o naranja, el informe detallado (8,67 €) te dice por qué.
Cuánto cuesta
La tasa 4.1, de 8,67 € en 2026 (tasas de la DGT).
Por internet
- Entra en el trámite de la sede de la DGT con Cl@ve, certificado digital o DNI electrónico.
- Revisa tus datos y tu domicilio para notificaciones.
- En «Solicitud», pon la matrícula y el número de identificación tuyo y del comprador.
- Paga la tasa en el mismo formulario o pon el número de una tasa ya pagada.
- Adjunta el contrato escaneado, firmado por los dos en todas sus hojas (o la factura, si vende una empresa).
- Envía la solicitud y guarda el justificante. La DGT dice que en una semana, aproximadamente, te manda el justificante de la notificación por email.
También se puede hacer en la app miDGT. ¿No tienes Cl@ve? Mira trámites de la DGT sin Cl@ve.
En persona
Con cita previa (gratuita) en cualquier Jefatura u Oficina de Tráfico. Lleva el impreso oficial de solicitud, tu documento de identidad, el contrato firmado por los dos en todas sus hojas y la tasa pagada o una tarjeta: en las oficinas no se paga en efectivo.
Desde cuándo dejas de ser responsable
Desde el día de la notificación. La DGT lo dice así: la notificación «tiene como fecha de vigor el día en el que se realiza la notificación de venta, no la de la firma del contrato», y el comprador «será responsable de cualquier sanción que le sea impuesta al vehículo después de la fecha de notificación de venta» (sede de la DGT).
La notificación no sustituye a la transferencia: el comprador tiene que hacerla igualmente, y hasta entonces no se expide el nuevo permiso de circulación.
Si ya te han llegado multas
- Mira la fecha y la hora de la infracción y compárala con la fecha y la hora del contrato y de la entrega del coche.
- Haz la notificación de venta hoy mismo, si no la hiciste. Te protege a partir de hoy, no hacia atrás.
- Mira quién te ha multado. El trámite de identificar al conductor en la sede de la DGT solo sirve para multas de la DGT. Si es de un ayuntamiento o de otra administración, dirígete a ella para identificar al conductor o presentar alegaciones.
- Identifica al conductor. Si la infracción es de después de la venta, el conductor ya no eras tú. Necesitas su nombre y apellidos, su DNI, pasaporte o permiso de residencia y su domicilio: están en el contrato. En las multas de la DGT puedes hacerlo por internet, con Cl@ve o sin identificarte (con el número de expediente y el código de la notificación que te llegó), en la app miDGT, por correo devolviendo el impreso o en persona con cita (sede de la DGT).
- Guarda una copia del contrato y del DNI del comprador por si te piden pruebas.
Ojo con los plazos y con pagar. Según la DGT, en las multas leves y graves sin puntos identificar al conductor es voluntario, «y si pagas la multa se entenderá que eras tú el conductor». En las graves con puntos y en las muy graves es obligatorio, y no hacerlo es una infracción muy grave, sin el descuento del 50 % por pronto pago. Responde dentro del plazo que pone la notificación.
Las multas por la ITV, el seguro o el estado del vehículo son del titular (art. 82.f de la Ley de Tráfico). Si el coche seguía a tu nombre porque no notificaste la venta, presenta alegaciones con el contrato. Si te llegan muchas, consulta tu caso con un abogado o un gestor administrativo.
El impuesto de circulación después de vender
- El de este año lo pagas tú si el coche estaba a tu nombre el 1 de enero. El impuesto se cobra a quien figura en el permiso de circulación, se devenga el primer día del año y solo se reparte por trimestres en la primera matriculación, en la baja definitiva y en la baja temporal por robo, no en una venta (arts. 94 y 96 de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales).
- Podéis pactar en el contrato que el comprador te pague la parte del año que le corresponde. Ese pacto es entre vosotros: no cambia a quién le cobra el ayuntamiento.
- Los años siguientes lo paga la persona a cuyo nombre conste el coche en el permiso de circulación. Otra razón para que el comprador haga la transferencia cuanto antes. Si te llega el recibo de un coche que ya vendiste, consulta con tu ayuntamiento, que es quien gestiona el impuesto.
El contrato: usa el modelo de la DGT
La DGT tiene un modelo de contrato de compraventa entre particulares (PDF). Y recomienda no entregar nunca el coche sin tener el contrato original firmado, con:
- Los datos del vehículo.
- El DNI, NIE o NIF del comprador y del vendedor.
- El precio.
- La fecha y la hora de la firma, y la hora exacta en que entregas el coche.
- La firma de los dos en todas las hojas.
Pide también una fotocopia del DNI, NIF o tarjeta de residencia del comprador (sede de la DGT).
Lista de comprobación del vendedor
- ☐ Pedir el informe reducido del coche (gratis) y comprobar que se puede transferir.
- ☐ Rellenar el contrato tipo de la DGT con la fecha y la hora, y firmarlo los dos en todas las hojas.
- ☐ Quedarte con el original del contrato y una copia del DNI o NIE del comprador.
- ☐ Apuntar en el contrato la hora exacta de entrega del coche.
- ☐ Hacer la notificación de venta ese mismo día, y como mucho en 10 días.
- ☐ Guardar el justificante de la notificación cuando te llegue por email.
- ☐ Comprobar pasados 30 días que el coche ya no aparece a tu nombre, por ejemplo en miDGT.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto cuesta la notificación de venta?
8,67 € (tasa 4.1 de la DGT en 2026).
¿Qué pasa si el comprador no hace la transferencia?
Para Tráfico el coche sigue a tu nombre y te pueden seguir llegando multas, sobre todo de radares fijos, del seguro y de la ITV. Con la notificación de venta dejas de ser responsable de las sanciones desde ese día. El comprador sigue obligado a hacer la transferencia.
¿Puedo notificar la venta sin contrato?
No. La DGT exige siempre el contrato original firmado por los dos o la factura.
¿La notificación sirve para multas de antes?
No. Vale desde el día en que la haces. Para las multas de entre la venta y la notificación, identifica al conductor con el contrato.
¿Y si vendo el coche a un compraventa?
La DGT tiene un servicio específico de entrega de un vehículo a un compraventa. Al notificar la venta a un compraventa, el coche queda de baja temporal y no puede circular hasta que se tramite su alta (sede de la DGT).
Esta guía es informativa. La notificación de venta y la identificación del conductor se hacen en la sede electrónica de la DGT o en tu Jefatura de Tráfico. Nosotros no hacemos trámites ni damos citas.
¿Ves un error? Escríbenos desde contacto. Los cambios quedan en el registro de cambios.
Escrito por: Hicham El Mattouchi, que se sacó el carnet en 2022 y ha pasado la ITV más de 40 veces con distintos coches (quiénes somos). Revisado el 21/10/2026 (metodología y fuentes).
Información orientativa: no es asesoramiento legal ni fiscal. Papeles del Coche es una web informativa privada y no está vinculada a la DGT ni a ninguna administración.